Si eres propietario de una vivienda podrás desgravarte hasta el 100% de la prima del seguro de impago de alquiler en función de los rendimientos del capital inmobiliario. También hay que tener en cuenta que el porcentaje que puedes desgravarte dependerá de cada Comunidad Autónoma.
La realidad es que el importe del seguro del impago al alquiler no suele superar al de una mensualidad y a cambio proteges el cobro de tu alquiler. Por otro lado, generalmente los pequeños propietarios ignoran las ventajas fiscales de este tipo de seguros.
Ventajas fiscales del seguro del alquiler
Si posees un piso en alquiler, hay varios gastos que te puedes desgravar en la declaración de la renta. Con un seguro de impago de alquiler es posible, ya que son algunos de los beneficios al contratar este tipo de seguros, los cuáles se están haciendo cada vez más populares.
Como propietario de un inmueble en alquiler, debes saber que el seguro de impago de alquiler es una herramienta de protección y tranquilidad, que además realizará un
estudio de solvencia del inquilino
No solo te protege en el pago de las mensualidades, sino que también recibes una indemnización por robo o actos vandálicos por parte de los arrendatarios, o incluso obtener asistencia jurídica en el supuesto de necesitarlo.
En tal caso el seguro de impago de alquiler te proporciona una serie de ventajas fiscales, ya que es deducible de la declaración de la renta.
Así, como arrendador de tu propiedad hacia un tercero (el inquilino) y tengas contratado un seguro de este tipo puedes deducir el importe de la prima a partir de los rendimientos de capital inmobiliario. Como hemos mencionado anteriormente hasta el 100 % dependiendo de la comunidad autónoma en la que te localices.
¿Cuáles son los gastos deducibles del alquiler de una propiedad?
Como arrendador, también te interesará saber que puedes deducir prácticamente casi todos los gastos originados por la vivienda .Podemos nombrar varios de los gastos que son deducibles:
- Intereses de créditos relacionados a adquisición o reforma.
- El Impuesto de Bienes Inmuebles.(IBI)
- Facturas y recibos de la Comunidad de Propietarios.
- Gastos de servicios externos: limpieza,portería, vigilancia, etc.
- Gastos derivados de la formalización del alquiler.
- Los gastos dirigidos a la amortización de la vivienda
- Gastos de defensa jurídica y reclamaciones de pago.
- Los gastos vinculados con el mantenimiento y reparación del inmueble (ampliaciones o mejoras no están incluidos y, por lo tanto, no son deducibles).
- Prima del seguro de hogar y del impago al alquiler
- Suministros: electricidad, gas, luz, etc.
- Diversos impuestos y tasas aplicados sobre los servicios generales del edificio y la vivienda.
- Todas las primas de contratos de seguro del inmueble.
- Gastos de financiación o intereses de los capitales invertidos en la compra o mejora de la vivienda, es decir, los intereses del préstamo hipotecario.
Pasos para desgravar el impago del alquiler
En este punto te mostraremos las recomendaciones y las pautas para poder desgravarte tu seguro de impago de alquiler. Además debes saber que tienes derecho a desgravar los alquileres impagados en tu declaración del IRPF.
Estos son los pasos para desgravar:
- Si el deudor está concursando, antes de proceder a desgravar los impagos de alquiler, tienes que hacerte con el auto de declaración de concurso, y comprobar que figuras como acreedor.
- Si el deudor no está concursado, puedes deducir los impagos de alquiler, siempre que hayan pasado 6 meses desde la primera reclamación de un siniestro de impago de alquiler hasta el fin del ejercicio fiscal.
- La reclamación de pago debe estar avalada notarialmente, con detalle del importe. Asi podrás deducir tus impuestos
- Si has puesto una demanda de desahucio por impago de alquiler hacia tu inquilino, no aplica la norma de los 6 meses, y siempre podrás desgravar los impagos en el IRPF del año en curso
- Dispones de un plazo de 4 años para solicitar una rectificación de las declaraciones de IRPF,
- Si en algún momento consigues cobrar los impagados que has desgravado, tienes la obligación de incluirlos como ingresos en tu declaración de la renta.
Si no alquilas todo el año, puedes hacer deducción parcial
Sí tu propiedad no está alquilada durante todo el año solamente podrás desgravar la parte proporcional de los gastos, aunque el seguro lo hayas contratado por un periodo superior o los gastos y costes sean independientes del tiempo que dure el alquiler.
En resumen
No dejes pasar la oportunidad de recuperar, por vía fiscal, parte de los alquileres impagados. Además, puede ser válido también para seguros de alquiler de locales o seguros de alquiler de naves. Y si todavía no tienes contratado un seguro de Impago de alquiler, en Thenowo te ayudaremos a encontrar el seguro que mejor se ajuste a ti, comparando entre las aseguradoras líderes del mercado.
¿A qué estás esperando para contratar tu seguro de impago al alquiler?